jueves, 11 de octubre de 2018

DECRETO 206 DE 1892 CREACION DEL DISTRITO DE FILANDIA


ORDENANZAS NUMRO 33 DE 1892 (AGOSTO 17)


DECRETO NUMERO 206 DE 1892

Septiembre 28

En desarrollo de la Ordenanza número 33 de 27 de Agosto de 1892

El Gobernador del Departamento del Cauca

En usos de sus facultades legales, y

Considerando:


Que han sido derogadas por la Ordenanza númro 33 de 17 de agosto de 1892 las Ordenanzas número 5°, 6° y 11°de 1886; la 29 de 1890 y todos los decretos expedidos por la Gobernación, con el carácter de segregación y supresión de distritos municipales; y
2°Que hay necesidad de poner en todo su vigor dicha Ordenanza, y al efecto, darle desarrollo legal a los términos por ella misma provenidos,
DECRETA 
Art.1°Debiendo regir la Ordenanza numero 33 de 17 de Agosto de 1892, desde el dia 7 de Octubre próximo enesa fecha quedan legalmente suprimidos los Distritos de Iscuandé (Provincia de Barbacoas), Anchicayaáy Micay (Provinciade Buenaventura), Calibio y el Rosario (Provincia de Popayan) Salento (Provincia del Quindío) y Cuellar (Provincia de San Juan).
Art. 2°Al contar del mismo dia 7  de Octubre se tendran como legalemente constituidos los Distritos de San José (Provincia de Barbacoas, San Pedro (Provincia de Buga,  Nazaret y aía (Provincia de Marmato), Filandia (Provincia del Quindío) y Jambaló (Provincia de Santander)…
Comuniques y publiques
Dado en Popayán, a 28 de septiembre de 1892
Manuel Aroyo
El secretario de gobierno
Simon Rojas


Por la cual se determina los distritos de cada una de las Provincias del Departamento; eliminándose algunos y erigiéndose otros con la indicación de sus términos municipales.

La Asamblea del Departamento del Cauca,
En uso de sus facultades, y

CONSIDERANDO

Que es muy ventajoso por muchas razones, para la buena marcha de la Administración pública en el departamento, el que en  una sola Ordenanza figuren todos los Municipios que correspondan a cada una de las provincias del Cauca; aun para facilitar así el estudio de la geografía política del Departamento, en la materia de que se trata.

ORDENA

Art. 1º. Las diferentes Provincias en que se halla hoy dividido el Departamento del Cauca, se compondrán en lo sucesivo, de los Distritos que para cada uno de ellas, pasan a enumerarse en seguida. A saber:
PROVINCIA DE ATRATO…
PROVINCIA DE BARBACOS…
PROVINCIA DE BUENAVENTURA…
PROVINCIA DE BUGA…
PROVINCAI DE CALI…
PROVINCIA DE CALDAS…
PROVINCIA DEL CAQUETA…
PROVINCIA DE MARMATO-Capital, Riosucio.-Distritos: Riosucio, Ansermaviejo, Marmato (cuya cabecera será el Caserío de este mismo nombre), Supia, Apia, (Qué es hoy caserío) y Nazareth (Corregimiento conocido hoy con el nombre de  Guatica).
PROVINCIA DE OBANDO…
PROVINCIA DE PALMIRA…
PROVINCIA DE PASTO…
PROVINCIA DE POPAYAN…
PROVINCIA DEL QUINDIO-Capital, Cartago-Distritos Cartago, María, La Unión, Pereira, San Francisco, Santa Rosa, Toro,  Victoria y Filandia (actual Corregimiento).
PROVINCIA DE SAN JUAN…
PROVINCIA DE SANTANDER…
PROVINCIA DE TULUA…
PROVINCIA DE TUQUERRES…

Art. 2º. Los límites de los Distritos que pasaran a enumerarse en seguida (que son los de nueva creación), serán los siguientes:
Distrito de Filandia-(Provincia del Quindío). Se formara del actual Corregimiento de Filandia, que se segrega del Distrito de Cartago y del actual Distrito de Salento, siendo la cabecera del nuevo Distrito la población de Filandia serán: Una línea imaginaria que, tomado del rio de La Vieja, pase por Pavas y vaya a la quebrada cestilla ó Barbas; esto es, á lo que sirve de limite hoy entre el Caserío de La Paz y el citado Corregimiento de Filandia.  Los demás serán los mismos que se han reconocido al Distrito de Salento…

Dada en Popayán, á doce de Agosto de mil ochocientos noventa y dos.
El presidente, Fernando Angulo-El Secretario, Delfin Valdés y Ayerve.

No hay comentarios: