Constitución
Política de Colombia -1991
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Art.79 garantizar un ambiente sano.
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Art. 80 planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales y
prevenir los factores que ocasionen riesgo a su conservación o conduzcan a su
deterioro.
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Art. 334 prevé la facultad del Estado para intervenir, “en la explotación de los
recursos naturales y en el uso del suelo, con miras a lograr, entre otros
objetivos, la preservación de un ambiente sano”.
RAZONES
BIODIVERSAS PARA EVITAR EL ECOCIDIO EN EL PARQUE NATURAL BARBAS BREMEN
ü El cañón del río barbas contiene 790 hectáreas de selva
húmeda andina; afortunadamente protegidas y conservadas por su alta pendiente.
ü El área del parque, incluye tres bloques principales de
selva húmeda andina: Bremen, Barbas y Cestillal. El área, asciende aproximadamente a 1.833
hectáreas
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Las cuencas de los ríos Barbas, Roble, Consota, Cestillal y Boquía proveen
una fuente confiable de agua de buena calidad a más de 70.000 habitantes de
ocho municipios en los departamentos del Quindío, Risaralda y Valle del Cauca,
además, de un número no cuantificado de industrias y plantaciones de café. En
el municipio de Pereira se identifican 57 bocatomas, 23 en el municipio de
Filandia y 6 en el municipio de Circasia, entre acueductos veredales y
municipales.
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Los municipios que se benefician de la protección de estas cuencas son
Filandia, Circasia, Salento, Quimbaya y Montenegro, en el departamento del
Quindío. El reconocimiento que ha tenido el área de carácter regional es la
valoración de su importancia como abastecedor de agua. Esta situación, sin
embargo, ha ayudado en el reconocimiento de su riqueza en la oferta de
diversidad biológica y refugio de especies amenazadas y el valor escénico de su
paisaje.
ü Es habitad de especies en vía de extinción como el Quercus
humboldtii (roble blanco) y el Colombobalanus excelsa (roble negro), únicos en
el mundo.
ü El Magnolia Hernandezii, Aniba Perutilis. y 12 especies
vulnerables: Aniba Coto, Cedrela Montana, Persea Americana, Pouteria Lucuma,
Wettinia Kalbreyeri, Aiphanes Simples, Bunchosia Armeniaca, Calatola
Colombiana, Clavija Lehmannii, Heliconia Venusta, Hyeronima Macrocarpa,
Passiflora Arborea.
ü Aves, en peligro de extinción: penelope perspicax. Dos
especies vulnerables: chlorochrysa nitidísima, pseudocolopterix acutipennis; y
dos especies de aves amenazadas: aburria aburri, odontophorus hyperythrus.
(Instituto de investigación de recursos biológicos Alexander Von Humboldt,
2004).
Todos los habitantes
del área de influencia del PARQUE NATURTAL BARBAS BREMEN; DEBEMOS PROPENDER por el establecimiento de
una ACCIÓN
POPULAR como mecanismo
Constitucional consagrado en el artículo 88 de la Constitución Política,
reglamentado por la Ley 472 de 1998, con el fin de solicitar ACION POPULAR, de
carácter preventivo, restitutoria e indemnizatoria de los derechos e intereses
colectivos, ambientales. Hacer cesar el
peligro, la amenaza, la vulneración y agravio sobre los derechos e intereses
colectivos ambientales quebrantados y
vulnerados a las comunidades de los municipio de Pereira (Risaralda) y
Filandia, Circasia y Salento en el Departamento del Quindío, causados por la
acción de los actos administrativos de la AUTORIDADES AMBIENTALES si se llegase
a conceder LICENCIA AMBIENTAL, a la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ para intervenir
una franja considerable de los bosques del PARQUE REGIONAL NATURA BARBAS-BREMEN.