Fundación de Neira
Estableciendo en Antioquia una
nueva población entre los ríos Chinchiná y Tapias. Juan Marín Gómez, Gobernador
de la provincia de Antioquia
Considerando.
1.º Que dentro del distrito
parroquial de Salamina en el paraje llamado Guacauca se han establecido algunos
colonos con la esperanza de se erija una nueva población con las concesiones
que concede la ley.
- 2.º Que mediando un vasto
desierto entre Salamina y los confines de la provincia del Cauca, es importante
fomentar la población y cultivo de dichos terrenos como también el laboreo de
las minas de oro que en elles abundan.
3.º Que igualmente conviene à
los interés agrícolas y comerciales, y a la defensa y seguridad de ambas
provincias que se perfeccione el camino que conduce de Salamina a Cartago.
Usando de las facultades que
me confiere el artículo 7.º de la ley de 6 de mayo de 1834, Decreto.
Art. 1.º En el espacio comprendido
entre los ríos Chinchiná y Tapias desde la cordillera que es el límite
superior, hasta su confluencia en el cauca, cuyo rio será el límite inferior,
se establece el distrito de una nueva población con el nombre glorioso de
“Neira.”
Art. 2.º Se comisiona à les
Señores Elías Gózales, Cosme Marulanda y Camilo Vélez para visiten los terrenos
e informen à la Gobernación del lugar mas propósito para fundar la cabecera
distrito, consultando la comodidad para la iglesia cárcel, escuela y cementerio,
y delineación de la plaza y calles Igualmente informarán si dentro de límites
señalados hay tierras baldías perteneciste. á la nación, para solicitar del
Poder Ejecutivo conceda a los nuevos pobladores el número de fanegadas que
permite la ley.
Art. 3.º Para la erección de
la nueva población en parroquia, los vecinos gestionaran lo conveniente
cumpliendo con todos los requisitos legales.
Elévese al Poder Ejecutivo
para la resolución convenga.
Dado en Medellín á 10 de junio
de 1843-
Juan María Jiménez-. Manuel
Uribe Mejía. -
Secretario.
Es copia.
Despacho
del Interior y Relaciones Exteriores,
1.º de julio de 1843-Resuelto.
- Apruébese este decreto.
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