martes, 10 de noviembre de 2020

EL PASO DEL QUINDÍO. RUTA DEL TURISMO ECO HISTÓRICO Y CULTURAL

 

PASOS DE LA CORDILLERA

EL PASO DEL QUINDÍO.

RUTA DEL TURISMO ECO HISTÓRICO Y CULTURAL.





El camino del Quindío circundado por territorios de extraordinaria biodiversidad (flora y fauna), asiento de minas de oro y plata, ha sido de interés desde la prehispanidad, incluyendo la conquista, colonia, Independencia y Republica.  Su ubicación geoestratégica, y la confluencia de caminos, lo hicieron de indiscutible importancia.

PRECISIONES

Camino que pasa por disímiles formas orográficas, que derivan diversos pisos térmicos, permite conectar poblaciones de los departamentos de Valle del Cauca, Risaralda, Quindío y Tolima (Cartago, Alcalá en el Valle del Cauca; Filandia, Circasia, y Salento, en el Quindío; Pereira, en Risaralda; Cajamarca, Ibagué, Corregimiento de Toche, en el Tolima).  

Además de sus maravillosos paisajes y riqueza biodiversa, existen huellas arqueológicas de importancia local, regional, y nacional, como los hallazgos relacionados con la presencia humana de más de diez mil años de antigüedad.

Recorridos que pueden tomar desde uno y hasta siete días, por los diferentes tramos que componen el camino, proporcionarán la vivencia de experiencias únicas, reveladas por la exuberancia de su biodiversidad, paisaje. historia, tradición y patrimonio a lo largo de la ruta. Evocar la conquista y sometimiento de los indígenas, la actividad minera y naturalista ejercidas durante la colonia, el tránsito de ejércitos que lucharon en la independencia (Campaña del Sur), y los esfuerzos de consolidación del territorio en la república, son sensibilidades que nos trasladan a esos tiempos pasados, que son la esencia del presente.

Cartago, ciudad colonial; Alcalá, Filandia y Salento, pueblos emblemáticos del PCC; Cajamarca, corregimiento de toche, e Ibagué; lugares de los más grandes rodales de palmas de cera en el mundo, hogar del loro “orejiamarillo” y lugar de gran biodiversidad, el volcán Cerro Machín etc.

Como objetivo, se debe aunar todos los esfuerzos y acciones para consolidar una ruta de Turismo Cultural, fundamentada en el acervo histórico, cultural, geográfico, geológico, arqueológico, antropológico, etnográfico biodiverso y paisajístico, comprendido en el camino del Quindío, que permita su recuperación, salvaguardia, protección y puesta en valor del patrimonio, en el marco de la actividad turística.

OBJETIVOS ESPECIFICO

·         Involucrar a las comunidades locales, gestores y sus emprendimientos culturales, y empresarios del desarrollo de la actividad turística.

·         Fortalecer los grupos de vigías de patrimonio en la recuperación de la memoria y la apropiación del patrimonio histórico del territorio que circunda la ruta, y que estén vigilantes para un adecuado desarrollo turístico cultural.

·         Permitir la apropiación y recuperación de sus atractivos turísticos de las poblaciones que lindan en la ruta (históricos, culturales, geográficos, geológicos, arqueológicos, antropológicos, etnográficos biodiversos y paisajísticos), que hacen parte del Patrimonio Cultural del territorio circundante de la vía. Por este itinerario, empezó la consolidación histórica del paisaje cultural.

 

Álvaro Hernando Camargo Bonilla.

viernes, 6 de noviembre de 2020

MUTIS EN LOS ANDES DEL QUINDIO.

 

MUTIS EN LOS ANDES DEL QUINDIO




El camino del Quindío circundado por territorios de extraordinaria biodiversidad, (flora y fauna), y asiento de minas de oro y plata, fue de ingente interés desde la conquista, colonia, Independencia y Republica.  Su ubicación y concurrencia de caminos desde la época prehispánica, lo hicieron de indiscutible importancia.

Fue transitado por militares, expedicionarios, y sabios como José Celestino Mutis, quien estuvo en el río Vermellón buscando sulfuro de Mercurio y clasificando su flora y fauna, antes de instalarse en la población de Mariquita, como director de la Real Expedición Botánica (el río Vermellón llamado así por los españoles a causa de la gruesa pinta de cinabrio que dejaba en la batea proveniente de la erosión de las aguas sobre los ricos yacimientos que existen en sus cabeceras).

En el año de 1777, Mutis se había dedicado a la minería en del real de minas del Sapo, ubicado cerca a la población de San Luis, en la provincia de Mariquita. En ese lugar, fue contactado por el Virrey para el encargo de la dirección de la Real Expedición Botánica, motivo que lo llevó a trasladarse a Mariquita, población designada como eje de actividades de la expedición, y elegida por su privilegiada situación geográfica (limitada por el remate de los Andes del Quindío, y el valle del río Magdalena), zona de inmenso potencial biodiverso, suscitado en su variedad de pisos térmicos.

Durante siete años, enfocó a sus correrías examinando la vegetación de las Andes del Quindío, y del río Magdalena y sus tributarios, hasta 1790, en que dejó de residir en Mariquita y se trasladó a Bogotá.[1]

 LA ACTIVIDAD AURÍFERA Y LA COLONIA

El incremento de la actividad aurífera motivó al virrey Caballero y Góngora, para comisionar a Mutis, la búsqueda y descubrimiento de minas del mencionado elemento.

Como resultado de la responsabilidad delegada por el Virrey a Mutis, impulsó sus andanzas por los parajes de los Andes del Quindío, y en una de sus correrías se en la vertiente de una quebrada que llamó del “Vermellón”, llamada así a causa de la gran cantidad de cinabrio proveniente de los ricos yacimientos que existían en sus cabeceras y que quedaba en las bateas de los mineros en su laboreo, proveniente de la erosión de las aguas sobre los ricos yacimientos que existen en sus cabeceras.

“Mutis reconoció varias localidades, y tuvo la satisfacción de presentan al Virrey algunas muestras de sulfuro de mercurio, recogidas en las montañas del Quindío, y principalmente en una quebrada que se llamó “del Vermellón”. Las muestras fueron remitidas a la Corte, y resultaron de excelente calidad”.[2]

Mutis exploró la vegetación de las Andes del Quindío, y de las riberas del alto Magdalena y sus ríos tributarios, hasta 1790, año en que dejó de residir en Mariquita y se trasladó a Bogotá.

Dos décadas después, Alejandro Von Humboldt, en su travesía del camino, y por recomendación de Mutis, e indicaciones de Roque Gutiérrez, caporal, herbolario y mensajero del sabio, quien despachó desde Santa Fe un “chasqui” a Ibagué con la encomienda de que los científicos acopiaran unas muestras de minerales de cinabrio, que su herbolario Roque Gutiérrez había recogido en el Quindío.

En 1887. Fortunato Pereira exploró unas minas de azogue, mina denominada “El Cinabrio” (muy cerca de la cima de la cordillera central divisoria de aguas entre el Magdalena y el Cauca), mina que operó hasta 1923 en la cuenca alta del río Vermellón.

“Del camino principal, bastante adelante de Tapia y cerca al punto que llaman el Moral, se desprende una senda que bajando a un abismo atraviesa el Coello por el puente de San Lorenzo y trepa luego a la meseta de Ibagué viejo. Esta meseta está formada por un conglomerado y bordeada y definida por dos ríos; el Vermellón de un lado y el Anaime de otro. Allí fundaron los españoles la ciudad de Ibagué

Al otro día temprano llegamos al lugar de nuestro destino el Cinabrio, las minas de azogue que Torres rastreara sobre viejas tradiciones españolas primero y sobre el río Vermellón, aguas arriba, en seguida”.[3]

La ruta que llevó a Mutis al descubrimiento de la quebrada de Bermellón fue la del camino del Quindío. Partió de Ibagué, pasó por los tambos de Tapias y el Moral, de donde por un repecho bajó al río Coello, en el sitio conocido como San Lorenzo, vadeó el rio, trepó luego a la meseta de Ibagué viejo (hoy Cajamarca), ubicada en la meseta formada y bordeada por los ríos Bermellón y el Anaime, lugar de la primera fundación de Ibagué por los españoles, y que, a causa de los ataques de los Pijaos, fuera destruida, y ocasionó su traslado al sitio actual.

Las crónicas descritas permiten concluir que Mutis, si estuvo en los Andes del Quindío, y que transito la ruta en sus exploraciones, a la par, hay que aclarar que fue en la vertiente oriental, y no en la cuenca del rio Barbas como lo ha reseñado Alfonso Valencia Zapata, en su obra denominada: Quindío Histórico.

 

Álvaro Hernando Camargo Bonilla


[1] POR FLORENTINO VEZGA. LA EXPEDICIÓN BOTÁNICA. Biblioteca Aldeana de Colombia. PUBLICACIONES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL. Editorial Minerva, S. A. 1936. Pág. 36

 

[3] F. PEREIRA GAMBA .LA VIDA EN LOS ANDES COLOMBIANOS. Capítulo I

 

martes, 27 de octubre de 2020

REFLEXIONES DEL PROYECTADO PARQUE EN PREDIO DE LA ANTIGUA POSADA ALE

 

REFLEXIONES DEL PROYECTADO PARQUE EN PREDIO DE LA ANTIGUA POSADA ALEMANA.

El gobernador del Quindío, Roberto Jairo Jaramillo Cárdenas declaró que se edificará en el predio en mención un parque que ha denominado: “Parque Jardín del Quindío”, espacio que contendrá un “albergue para animales, senderos ecológicos, avistamiento de aves y un vivero departamental”, según lo expresado por el mandatario ante los diferentes medios de comunicación.

La denominación de “Parque Jardín del Quindío”, sin duda alguna, es una designación acertada, por el confín en su perímetro de tres áreas de protección ambiental. Mas que un jardín, un preciso edén henchido de biodiversidad, paisaje, historia y cultura.


ÁREAS PROTEGIDAS Y ESTRATEGIAS PARA LA CONSERVACIÓN AMBIENTAL, CONCURRENTES EN EL ÁREA.



El predio en mención está inserto en la confluencia de tres zonas de conservación Ambiental, áreas destinadas exclusivamente al mantenimiento, defensa y utilización racional de los recursos naturales que allí existen.  La presencia del recurso hídrico, y su alta fragilidad ambiental de la zona, determinaron su declaratoria como áreas protegidas, para preservar la biodiversidad, y suministro del recurso hídrico de las poblaciones urbanas y rurales limítrofes con las áreas en mención.

Su uso y aprovechamiento, es limitado y esta orientado como escenarios de programas formales y no formales de educación ambiental, investigación y monitoreo de especies de fauna y flora, establecimiento de corredores biológicos, hábitat o sitios de paso de aves migratorias en peligro de extinción.

Además de la presencia de paisajes naturales y su riqueza biodiversa, existen allí huellas arqueológicas e históricas de importancia local, regional, y nacional, como los hallazgos relacionados de la presencia humana con más de diez mil años de antigüedad. Además, la ruta emblemática de facilitó la construcción de la territorial, como es el CAMINO DEL QUINDÍO.

Legalmente estas reservas forestales (Distrito de Conservación de Suelos Barbas Bremen, Distrito Regional de Manejo Integrado de la Cuenca alta del rio Quindío, Reserva Forestal Nacional, La reserva La Patasola), son zonas de patrimonio Ambiental, pública y/o  privada, que están destinadas exclusivamente al mantenimiento, la defensa y la utilización racional de los recursos naturales que allí existen.

·         DISTRITO DE CONSERVACION DE SUELOS BARBAS BREMEN (DECRETO 2372 DE 2010), municipios de Filandia (3.323 HA.), y Circasia (1587 HA), contenidas en siete veredas; tres (3) de Filandia, y cuatro (4) en Circasia.  Filandia: Cruces El Vergel La Julia.  Circasia: El Roble, Membrillal, La Concha, San Antonio) Circasia.

·         DISTRITO REGIONAL DE MANEJO INTEGRADO DE LA CUENCA ALTA DEL RIO QUINDÍO DE SALENTO (DRMI), que comprende un área de 32.722 ha, equivalentes al 87% del municipio de Salento.

·         RESERVA FORESTAL NACIONAL:  que contiene territorio protegido, en las veredas El Roble, el Alto Morro Azul y/o Cuchilla Morro Azul.  Este sector comprende todo el curso de la Quebrada Boquía, que linda con la RESERVA NATURAL “LA PATASOLA”.  Zona de amortiguación del Parque Nacional Natural de los Nevados, hacia el norte, y al oeste limita con el Santuario de Flora y Fauna Otún-Quimbaya.

 

COHERENCIA TOPONIMICA DEL PROYECTO

 “ALBERGUE PARA ANIMALES”

Con respecto a esta nominación, la zona es, y ha sido hábitat de fauna y flora, originada en su diversidad biológica.  Condición que ha merecido su inclusión como zona AICA (“Área Importante para la Conservación de las Aves”), conjuntamente, es morada de un significativo número de mamíferos, aves, reptiles, entre otras especies, esenciales en la preservación ambiental del lugar.

“AVISTAMIENTO DE AVES”

Desde cierta época, y por su condición de exuberancia ornitológica, en este lugar convergen dos importantes AICAS (Área Importante para la Conservación de las Aves), Barbas Bremen, y la Patasola.  Áreas importantes por la presencia de especies en vía de extinción y/o con distribuciones restringidas.

“SENDEROS ECOLÓGICOS”

RECORRIDO POR VIA HISTÓRICA LA TERRITORIALIDAD (CAMINO DEL QUINDIO).

El predio es cruzado por el antiguo camino del Quindío, que pasa por hermosos canalones, cubiertos de robledales, sobre los cuales se solazan las pavas caucanas, y moran mamíferos, como armadillos, guatines, cusumbos, entre muchas especies más.

 

Acorde al extenso y serio trabajo de recuperación del camino del Quindío, patrocinado por la Gobernación del Quindío, tutelado por el Fondo mixto de la Cultura y las artes del Quindío, y ejecutado por las universidades del Quindío, Gran Colombia, y diferentes ONG’s. La importancia de dichos trabajos provocó dos importantes hechos legislativos: ORDENANZA N° 23 del 28 de noviembre de 2015 y el DECRETO 617 de noviembre 7 de 2019. Cánones que concretan la activación de los mecanismos jurídicos, administrativos y técnicos, que permitan gestionar, impulsar e implementar las acciones para la recuperación restauración conservación uso y divulgación del camino del Quindío, y su posterior inclusión en la lista Indicativas de Candidatos a Bienes de Interés Cultural (LIBIC) del departamento.

Se debe referenciar y simbolizar la trascendencia de su huella histórica desde la época prehispánica, inicio de la Quindianidad, e importancia en su conectividad entre los centros del poder del oriente con el occidente del país.  Indispensable pensar en su rehabilitación y adecuación, que permita la consolidación de un producto turístico cultural, que mantenga la evocación de su historia en las generaciones presentes y futuras.

Ojalá que lo antes considerado, se tenido en cuenta por el señor Gobernador y su equipo asesor en el diseño del parque.  Constituiría un insumo de consulta para cualificar el contenido temático del parque.

 

Álvaro Hernando Camargo Bonilla

sábado, 24 de octubre de 2020

DECRETO PROFERIDO POR FRANCISCO DE PAULA SANTANDER, SOBRE APERTURA DE UN CAMINO DE HERRADURA. POR LA MONTAÑA DE

 

DECRETO SOBRE APERTURA DE UN CAMINO DE HERRADURA. POR LA MONTAÑA DE QUINDIO.



La investigación sobre el acervo legal de la composición y mejora del camino del Quindío permite entender la influencia del camino en la consolidación política administrativa de su territorio lindante.

La legislatura de 1835 quiso remover las dificultades que experimentan ahora los viajeros y traficantes entre las provincias del Cauca y Mariquita, otorgando concesiones en favor de la apertura de un camino de herradura por la montaña de Quindío, y facultando al ejecutivo para celebrar al efecto una contrata. En virtud del acto legislativo de 26 de mayo sobre este asunto, se expidió un decreto en 1Q de junio invitando empresarios, y fijando como término para la remisión o presentación de propuestas hasta el día 1Q de enero último, a fin de que pudiera pasarse al congreso en sus actuales sesiones la contrata celebrada; y el mencionado decreto se publicó en todos los periódicos provinciales; ha transcurrido el plazo, y han pasado también enero y febrero, sin recibirse propuesta alguna, y por tanto se ha frustrado un pensamiento tan benéfico como el que motivó la enunciada resolución legislativa.[1]

En el año de 1835 se tramitaron leyes que concedían grandes fanegadas de

tierras baldías con diversos fines. La Ley del 26 de mayo las concedía para abrir un camino de herradura por la montaña en el Quindío. Se concedieron al contratista hasta veinticinco mil fanegadas de tierras baldías en aquella montaña.

 

El Senado y Cámara de Representantes de la Nueva Granada, reunidos en congreso, CONSIDERANDO:

Que la apertura de caminos es uno de los medios más eficaces para promover la prosperidad del Estado, por cuanto tales empresas extendiendo su benéfica influencia facilitan el comercio, estrechan las relaciones de diferentes provincias, y animan la acción del gobierno.

DECRETAN.

A t. 1. ° El poder ejecutivo invitara, por medio de los periódicos oficiales, à los empresarios que quieran celebrar una contrata para abrir un camino de herradura desde la ciudad de Ibagué en la provincia de Mariquita, hasta en la de la de Cartago Popayán, por la montaña do Quindío,

Parágrafo. único. En esta invitación designará el término dentro del cual deban dirigírsele las propuestas, y expresará las concesiones que pueden hacerse à los accionistas.

Art. 2.6. Luego que haya recibido las propuestas que se hagan, arreglará con los empresarios el término dentro del cual se obliguen a concluir el camino con las cualidades y circunstancias que deba tener; y estipulará las concesiones de que por vía de indemnización han de gozar.

Art. 3. ° Estas concesiones podrán ser: 1. La facultad de cobrar por derecho de peaje, desde el día en que esté concluido y recibido el camino, hasta ocho reales por cada carga de efectos extranjeros de las conducidas en caballerías, y hasta cuatro reales por cada una de las de efectos del país. 2. La propiedad, hasta de veinticinco mil fanegadas de tierras baldías en la misma montaña de Quindío. Podrá también conceder la exención de alistamiento en el ejército à los obreros y demás personas que en calidad de trabajadores se ocupen en la apertura del camino, mientras duren en la empresa.

1°Las cargas de sal del país no pagarán en ningún caso más de dos reales de peaje.

2. ° Los equipajes de los particulares pagarán un derecho igual al establecido para las cargas de efectos del país.

3.° El derecho de cobrar no podrá durar más de veinte años.

4.° Las cargas de efectos pertenecientes al Estado estarán sesentas de pagar los derechos expresados.

Art. 4º. Los individuos à quienes en virtud del artículo anterior se adjudiquen tierras de las expresadas en él, gozarán de todas las exenciones que la ley de 6 de mayo de 1834 concede a los pobladores y cultivadores de tierras baldías en el territorio del Estado.

Art. 5. El poder ejecutivo dará cuenta a la próxima legislatura de lo que hiciere en virtud de este decreto; pero esto no obsta para que la contrata que celebre se lleve a efecto, siempre que sea conforme a las reglas que en él se prescriben.

Dado en Bogotá, a 26 de mayo de 1835,

El presidente del senado, José Cornelio Valencia

El presidente de la cámara de representantes. Ezequiel Rojas.

El secretario del senado, Francisco de P. Torres. 

El diputado secretario de la cámara de representantes, Rafael M. Vásquez.

Bogotá, 26 de mayo de 1835. Ejecuten y publíquese

Por su excelencia, el presidente de la Republica, FRANCISCO DE PAULA SANTANDER.[2]

El secretario del interior y relaciones exteriores, Lino de Pombo.



[1] Informe del presidente Santander. 1836 exposición del secretario de Estado, en el despacho del interior y relaciones exteriores del gobierno de la Nueva Granada, al congreso constitucional del año 1836, sobre los negocios de su departamento. Exposición que hace al congreso constitucional de la Nueva Granada en 1836, el secretario de Estado en el despacho de hacienda, sobre los negocios de su departamento. Exposición que presenta a las cámaras legislativas de la Nueva Granada en 1836, el secretario de guerra y marina, sobre los negocios de su cargo. pág. 72

[2] COLECCION DE LAS LEYES DECRETOSXESPEDIDOS POR EL CONGRESO CONSTITUCIONAL DE LA NUEVA GRANADA EN EL AÑO DE 1834. BOGOTA IMP. POR JOSE ANTONIO CUALLA.  Pág. 51

Invitación Para poblar el sitio de Toche en la montaña del Quindío. Ibagué, 19 de diciembre de 1843.

 

Invitación

Para poblar el sitio de Toche en la montaña del Quindío.


Republica de la Nueva Granada. Gobernación de la provincia de Mariquita. Ibagué, 15 de noviembre de 1843


Al señor Secretario de Estado en el Despacho de lo interior.


Conforme a las disposiciones vigentes, y a las facultades que se me han concedió, puedo asegurar a cada familia que quiera venir a establecerse en Quindío, tierras y casa en propiedad, y alimentos mientras puedan obtener el fruto de su trabajo.

Pastor Ospina.



Pastor Ospina Gobernador de la provincia de Mariquita, hago saber; que estando designado el sitio de Toche para el centro de la nueva población en la montaña de Quindío, y existiendo ya allí extensas sementeras y varias casas en aquel punto y otros del camino hasta esta ciudad, ha llegado el caso de que se establezcan nuevos pobladores en esta parte de la montaña, que es muy feraz y de un clima muy sano y agradable. En consecuencia, incito a todas las personas laboriosas que quieran establecerse en ella, lo verifiquen contando con que gozaran de las siguientes concesiones:

Cada individuo recibirá veinte fanegadas de tierras baldías, con la precisa condición de establecer en ellas casa y labranza,

2°Los productos de la agricultura, bien sean granos o frutos de otra especie que cultiven en las tierras que se les conceden en la nueva población, estarán exentos del diezmo hasta el año de 1864.

3°También estarán exentos del diezmo por el mismo tiempo las crías de ganados mayores i menores, bestias demás animales que críen en las mismas tierras.

4° No serán obligados a servir empleos concejiles fuera de la misma población por el término doce años.

5° Por el mismo término de doce años estarán exentos del reclutamiento y de todo servicio en el ejército.

6°No pagarán los derechos de peaje" que se establezcan en el camino de Quindío, ni por las personas, ni por las caballerías de su servicio y víveres que conduzcan para el consumo de sus casas, o que sean el producto de las labranzas que tengan establecidas en la nueva población.

A cada hombre adulto se le dará, por una vez, un hacha, una azada, y un calabozo o machete de rozar.

8° A cada familia se le dará una casita capaz de su habitación, y una cantidad de papas, maíz, arracachas y legumbres suficiente para que se pueda mantener de cuatro a seis meses.

Para entrar en el goce de estas concesiones, se presentarán los interesados en la Gobernación de mi cargo; pudiendo hacerlo desde el próximo mes.

Ibagué, 19 de diciembre de 1843.

Pastor Ospina.


La gobernación de la provincia del Cauca ha informado al poder Ejecutivo con fecha12 del presente, que habiendo el señor Manuel Ibáñez invitado a carias personas con el objeto de auxiliar a las familias que se radicasen en la montaña de Quindío, logro reunir cincuenta y dos vacas, que se hallan en depósito para el fin propuesto.


CENSO DE POBLACION RESUMEN Del censo general de población de la Nueva Granada en 1851

 

CENSO DE POBLACION. RESUMEN Del censo general de población de la Nueva Granada en 1851, distribuido por provincia, cantones, distritos parroquiales y aldea, con expresión del número de electores que corresponde a cada provincia y cantan, conforme al artículo 17 de la Constitución (Contiene les variaciones hechas en la división territorial por actos legislativos expedidos en 1851 y 1852. Las notas que ven al fin se refieren a actos de las Cámaras de provincia expedidos después de levantado el censo).[1]

 

Cantón de Cartago

(Población 14.892. Electores 16)

Cartago                                  6744

Bala                                          199

Boquía                                     198

Cabal                                       671

Cerrillos                                  320

Naranjo                                2069

Quinchía                                 727

Victoria                                 1813

Zarzal                                    2151



[1] LEYES Y DECRETOS £SPEDIDOS POR EL CONGRESO CONSTITUCIONALDE LA NUEVA GRANADA EN EL AÑO DE 1852.Pág. 154, y 158

LEY 27 DE 1880 (mayo 26) declara vía pública nacional el camino del Quindío y ordena su inmediata composición

 

LEY 27 DE 1880

(mayo 26)

 

Que declara vía pública nacional el camino del Quindío y ordena su inmediata composición.


El Congreso de los estados. Unido, de Colombia

decreta:

Art. 1. ° El camino del Quindío, que pone comunicación el Norte del Estado del Cauca con los de Antioquia, Tolima, Cundinamarca. Boyacá y Santander se considerarán, desde la sanción de la presente ley, vía pública nacional, correspondiendo su composición y mejora al Gobierno de la Unión.

Art. 2. ° El Poder Ejecutivo procederá inmediatamente a dictar las más activas providencias, a fin de que la composición de la expresada vía pública se lleve a cabo dentro del más breve término posible, bien por el sistema de administración o bien por el de contratos, disponiendo se construyan puentes sólidos y estables sobre los ríos Toche y Quindío, y sobre la quebrada del Guadual.

Art. 3. ° Terminada la obra se cobrará en las Oficinas de Hacienda nacionales de Cartago, Salento e Ibagué, respectivamente, los siguientes derechos de peaje y pontazgo:

Diez centavos por cada carga de mercaderías o de equipaje           10

Diez centavos, por cada carga de víveres                                         10

Diez centavos por cada caballería o cabera de ganado vacuno       10

Cinco centavos por cada cabeza de ganado de cerda                      05

Art. 4. ° El producido de esta renta se aplicará única y exclusivamente a la reparación de la vía.

Art. 5. ° El Inspector de la línea telegráfica entre Ibagué Cartago, lo será también de la vía pública en referencia; y a él corresponde celebrar las contratas respectivas para llevar a cabo, sin demora, las composiciones en los daños que ocurran, dando cuenta de todo al Poder Ejecutivo.

Art. 6. ° Para la cumplida ejecución de esta ley, se considerará incluida en el Presupuesto del periodo fiscal en curso la partida de veinte mil pesos ($ 20,000); y anualmente se votará una suma que no baje de mil quinientos pesos ($ 1,500) con el objeto de ayudar a los gastos de composición y de que la vía se conserve en perfecto estado de servicio.

Dada en Bogotá, a veintiuno de mayo de mil ochocientos ochenta.

El presidente del Senado de Plenipotenciarios,

Carlos Icaza Arosemena.

El presidente de la Cámara de Representantes,

Carlos Vélez. S.

El secretario del Senado de Plenipotenciarios,

Julio E. Pérez

El secretario de la cámara de Representantes,

Antonio José. Restrepo.

Poder Ejecutivo Nacional - Bogotá, 26 de mayo de 1880.

Publíquese i ejecútese.

El presidente de la Unión,

(L. S). RAFAEL NUÑEZ

El Secretario de Fomento,

Luis Carlos Rico.