miércoles, 18 de noviembre de 2020

DESARROLLO Y COMPOSICION DE CAMINO DEL QUINDIO EN LA PROVINCIA DE MARIQUITA

 

VIAS DE COMUNICACION. CAMINO DEL QUINDIO.

República de la Nueva Granada—Gobernación de la provincia de Mariquita. —N.º 40. Ibagué, 9 noviembre de 1844.

Informe del señor Gobernador de la Provincia de Mariquita, al señor Secretario de Estado en el Despacho de lo Interior.

Al separarme de esta Gobernación creo conveniente dar a US. un informe general sobre la empresa de la apertura del camino de Quindío, reasumiendo todo lo relativo a ella hasta el día de hoy en que se cumple un año de haber llegado el presidio a Toche, en donde debía empezar sus trabajos.

Desmonte del camino- Está practicado en la extensión de siete leguas que hay de esta ciudad hasta cerca de Yerbabuenal; y falta el de 3 leguas que hay de allí al Páramo. Ha quedado de 25 varas de latitud poco más o menos, que es la suficiente, y como el terreno tiene bastante tendencia a empradizar, con poco trabajo se conseguirá mantenerlo limpio. Banqueo y camellones.

-Se han formado en la mitad del camino o muy poco menos; de manera que solo falta como una y media leguas para completar el que media entre esta ciudad y Toche, cuya distancia es de cerca de seis y media leguas.

Como he dicho a US en otra ocasión es preciso perfeccionar los banqueos y camellones en varios puntos, según lo exijan las de gradaciones naturales de un nuevo camino y los embarazosos defectos, que no han quedado enteramente removidos; pero este trabajo, aunque es de suma importancia será poco costoso, y deberá emprenderse cuando todo el banqueo esté terminado; pues así se obrará sobre una base más sólida,

Puentes. -Los de todas las quebradas que los necesitan, en la parte en que se ha formado el camino se han construido de madera sobre estribos de piedra. Faltan los puentes de los ríos Combeima y san Juan que creo deben construirse íntegramente de calicanto, por medio de contratas. No he adelantado algunos pasos que había dado para esto, deseando que mi sucesor. que es el que debe hacer llevar a efecto estas obras no encuentre ningún embarazo en las condiciones que yo pudiera estipular y no estuvieran de acuerdo con el plan que él se proponga.

Casas—Hay construidas nueve casas grandes: a saber, tres en Toche, y una en cada uno de los puntos siguientes: Machín, Aguacaliente, Buenavista, Tapias, Mediación, y Palmilla. La principal de Toche tiene 40 varas de longitud, y las otras unas 20 y otras 16. Dentro de ocho días estará construida una nueva de 20 varas en Yerbabuenal, una legua arriba de Toche. No se necesitan sino dos más para el alojamiento del presidio en los puntos de Gallego y Volcancito, y algunas pequeñas para los nuevos pobladores. Lo gastado en dinero en las casas construidas inclusas las puertas y materiales que existen, ha sido:

De los fondos nacionales...................... 480.3

De los del servicio personal subsidiario. 130.

Suma.                                                           610 3

El presidio ha trabajado en la construcción de algunas de las casas expresadas, pero el precio de este, trabajo no ha alcanzado a 400 pesos, atendido el número de individuos y los días empleados en él.

Sementeras. -En mi informe de 15 de noviembre último dije a US. las cantidades de semillas que se habían sembrado en Toche y San Juan. Desde entonces se ha aumentado sucesivamente la siembra, principalmente de arracacha. En la semana anterior que estuve en aquellos puntos se recogieron más de 50 cargas de papas de año, mui gruesas y de buena calidad, producto de cuatro cargas de semilla que hice traer de la Mesa. El maíz se perdió en parte por lo fuerte del verano, pero no dejará de producir por lo menos 50 hanegas. De la arracacha que hay sembrada se recogerán sucesivamente como 500 cargas. También se recogerán unas 25 cargas de papas criollas y bastantes legumbres. Lo costeado en estas sementeras ha sido 190 pesos 7 reales en dinero y el trabajo de algunas secciones del presidio; pero su producto ahorrará más de mil pesos en raciones del mismo presidio, en el presente año, y además servirá para auxiliar a los pobladores.

Nueros pobladores –He adjudicado terrenos baldíos al posadero del Toche, y a doce nuevos pobladores que lo han solicitado, algunos de los cuales están ya establecidos en ellos, y otros irán mui pronto a establecerse. Aún no ha habido tiempo de que concurran individuos de otros lugares a donde se han dirigido las invitaciones correspondientes, pero todo induce a creer que serán poblados en poco tiempo los terrenos inmediatos al camino, por lo menos hasta Toche. En Volcancito cerca del Páramo debe establecerse otro posadero. Es de suma importancia la población de la montaña, serán ventajosamente compensados los auxilios que se den a los individuos que deseen establecerse en ella; así espero que mi sucesor seguirá el sistema que yo me había propuesto para proporcionarles, además de las herramientas, casas, víveres, semillas, peones y aun suplementos en dinero. Con tales alicientes y la feracidad de los terrenos que satisface a todos los que han visto las sementeras, estoy seguro de que habrá una considerable concurrencia de pobladores.

Nuevo distrito—Para atraer y fijar pobladores en la montaña importa mucho el establecimiento del nuevo distrito ordenado por el Poder Ejecutivo, y que se provea de cura. En tal virtud he expedido el decreto de erección que dirijo a US. para su aprobación. He querido hacer en él un acto de justicia honrando la memoria del capitán D. Melchor de Valdés que abrió el primero por los años de 1553 esta vía de comunicación tan importante a la República, venciendo graves dificultades que habían sido insuperables a los indígenas, pues antes de la conquista el camino para la provincia de Quimbaya (Cartago) era por los rigurosos páramos de Santa Isabel: he dado por esto al nuevo distrito el nombre de Valdesina.

Presidio. -El número de los presidiarios ha aumentado sucesivamente desde que el establecimiento se trasladó a esta provincia, debiéndose esto principalmente a la más pronta administración de justicia, y a que las fugas son poco frecuentes: en el mes de marzo del año anterior el número de los presidiarios no alcanzaba a 100, y en el corriente pasa de l60. Una tercera parte son ordinariamente buenos peones, cuyo trabajo vale doble o triple de lo que se gasta en sostenerlos, otra tercera parte trabaja medianamente y su servicio puede equivaler al gasto que causan, y la otra tercera parte son enfermos o naturalmente inútiles. No son, pues, los presidios establecimientos gravosos al erario, y podrán hacerse muy ventajosos económicamente hablando, si se perfecciona su organización. En el de este distrito ha mejorado bastante el servicio, pero aún le falta mucho para que se haga como debe ser: algo más se habría adelantado si los multiplicados negocios de mi cargo me hubiesen permitido asistir a los trabajos con más frecuencia y por más tiempo. Están bien alimentados los presidiarios y esto ha contribuido no poco al adelanto de la empresa, porque generalmente trabajan con interés y sin repugnancia.

Vagos –Se han concertado algunos en el trabajo del camino, lo que no ha sido gravoso a la empresa, logrando al mismo tiempo la corrección de varios individuos. Es preciso, sin embargo, recomendar a las autoridades de otras provincias no remitan a esta, en clase de concertados como vagos para el trabajo del camino, individuos incapaces de servir útilmente en él y que pueden ser empleados en un taller u otro establecimiento semejante.

Cuenta de los fondos nacionales aplicados a la em presa—Desde que empezaron a hacerse estos gastos conocí la imposibilidad de clasificar los debidamente en la cuenta de la administración, y abrí yo mismo una especial, separando todos los ramos de inversión por el sistema de partida doble, para obtener un conocimiento preciso y circunstanciado en cada uno de ellos. Esta cuenta me ha proporcionado los datos necesarios y exactos para formar la que remito a US, adjunta. No he cargado en los alimentos del presidio todo lo gastado en este objeto, sino solamente el precio de las raciones calculadas a real, según las disposiciones vigentes; de manera que los gastos del presidio quedan los mismos que se habrían hecho en él en cualquiera otro punto en que se hubiese establecido han ascendido a 10,211 pesos 3 reales. El resto pues de lo gastado de los fondos nacionales es lo que corresponde al derecho de caminos, en esta forma:

Valores invertidos en las obras de la empresa.                                2,239. 4

Valor de las herramientas y de los útiles existentes. ····················· 1,21º ,

Suma                                                                                                             3,449. 4

De esta suma debe deducirse el valor de las herramientas traídas por el presidio y que habían sido ya cargadas a los fondos comunes. 1 10, Queda, pues, como gasto líquido deducible de la tercera parte del derecho nacional de caminos. 3,339. 4.  El gasto efectivo de 2239 pesos 4 reales restaría casi nulo si se tomasen en cuenta las existencias en ganado, en víveres, en sementeras y en útiles de con sumo con que deben cubrirse parte de los gastos del siguiente año. · .

La cuenta documentada de cargo y data de estos fondos la remito por el presente correo a la tesorería general, conforme a lo resuelto por el Poder Ejecutivo.

Cuenta del servicio personal subsidiario. —La que acompaño da una idea exacta de los ingresos y egresos que ha habido en estos fondos: se ve que existe aún más de la mitad de lo recaudado en el año anterior, sin contar 45 pesos 1 real que deben enterarse por la jefatura política del cantón. Con esta existencia pueden cubrirse los gastos que ocurran en la empresa hasta su terminación, que no correspondan al del presidio, exceptuando solamente los de los puentes de Combeima y San Juan, que pueden hacerse de la 3.a parte del derecho nacional de caminos. Creo por esto muy conveniente que no se aplique más al camino de Quindío el servicio personal subsidiario de este cantón; por no ser necesario para esta obra, y sí indispensable para adelantar los de los distritos, de que tienen suma necesidad. Debe tenerse presente en favor de esta medida, que en el corriente año se colectará una cantidad de consideración por las donaciones voluntarias que se han hecho, y que pronto se harán efectivas por los comisionados que he nombrado al efecto.

Estado de la empresa en general—Exceptuando los de los ríos Combeima y San Juan que, como he dicho, deben hacerse por contratas particulares, el resto de todas las obras de la empresa está adelantado en más de la mitad, y para ejecutar lo que falta hay notables ventajas en este año respecto del anterior: los víveres que se tienen en la montaña; la rebaja que se ha obtenido por una nueva contrata para conducir los que se remitan de esta ciudad, y las economías que resultarán por los arreglos que se han hecho, disminuirán mucho los gastos. en lo sucesivo: el aumento considerable de presidiarios que ha habido y la práctica que han adquirido en el sistema del trabajo el director, los capataces y los mismos peones, contribuirá en gran manera para el más rápido adelanto de la obra.

Indicaciones. —Muy conveniente creo que US. se sirva proponer al Congreso las siguientes reformas y adiciones al decreto de 15 de julio de 1842.

1º. Que a los nuevos pobladores pueda darse una extensión de terreno de 12 a 60 fanegadas, atendiendo al número de individuos de cada familia y a la calidad del terreno, fijando los límites más convenientes, sin necesidad de una medida rigorosa. Esta disposición es indispensable para dar a cada familia el terreno que pueda labrar, para adjudicar los terrenos poco útiles junto con los más ventajosos, para fijar linderos bien determinados, y para evitar los considerables e innecesarios costos que se harían midiendo a cada individuo 16 fanegadas completas en un terreno tan desigual y montuoso. . .

2.º Que no se aplique al camino de Quindío desde el presente año el servicio personal subsidiario de este cantón, por los motivos que he expresado antes.

3.º Que se asigne al cura del nuevo distrito una pensión de 300 pesos; eximiendo a los vecinos del pago de los derechos de matrimonios.

4.º Que en cada una de las dos provincias interesadas se cobre, una parte del derecho del peaje establecido, para el reparo de la parte correspondiente del camino; fijando como regla para esto el que solo se cobre de los efectos y animales que salgan, o de los que entren en la respectiva provincia.

Sírvase US. dar conocimiento de este informe a S. E. el presidente de la República, y aceptar los sentimientos de consideración con que me suscribo de US. muy obediente servidor.

Pastor Ospina.

Compilado por: Alvaro Hernando Camargo Bonilla

FUNDACIN DE NEIRA CALDAS

Fundación de Neira

Estableciendo en Antioquia una nueva población entre los ríos Chinchiná y Tapias. Juan Marín Gómez, Gobernador de la provincia de Antioquia

Considerando.

1.º Que dentro del distrito parroquial de Salamina en el paraje llamado Guacauca se han establecido algunos colonos con la esperanza de se erija una nueva población con las concesiones que concede la ley.

- 2.º Que mediando un vasto desierto entre Salamina y los confines de la provincia del Cauca, es importante fomentar la población y cultivo de dichos terrenos como también el laboreo de las minas de oro que en elles abundan.

3.º Que igualmente conviene à los interés agrícolas y comerciales, y a la defensa y seguridad de ambas provincias que se perfeccione el camino que conduce de Salamina a Cartago.

Usando de las facultades que me confiere el artículo 7.º de la ley de 6 de mayo de 1834, Decreto.

Art. 1.º En el espacio comprendido entre los ríos Chinchiná y Tapias desde la cordillera que es el límite superior, hasta su confluencia en el cauca, cuyo rio será el límite inferior, se establece el distrito de una nueva población con el nombre glorioso de “Neira.”

Art. 2.º Se comisiona à les Señores Elías Gózales, Cosme Marulanda y Camilo Vélez para visiten los terrenos e informen à la Gobernación del lugar mas propósito para fundar la cabecera distrito, consultando la comodidad para la iglesia cárcel, escuela y cementerio, y delineación de la plaza y calles Igualmente informarán si dentro de límites señalados hay tierras baldías perteneciste. á la nación, para solicitar del Poder Ejecutivo conceda a los nuevos pobladores el número de fanegadas que permite la ley.

Art. 3.º Para la erección de la nueva población en parroquia, los vecinos gestionaran lo conveniente cumpliendo con todos los requisitos legales.

Elévese al Poder Ejecutivo para la resolución convenga.

Dado en Medellín á 10 de junio de 1843-

Juan María Jiménez-. Manuel Uribe Mejía. -

Secretario.

Es copia. 

Despacho del Interior y Relaciones Exteriores,

1.º de julio de 1843-Resuelto. - Apruébese este decreto.